A- de 2018
Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Demandante Adriana Paola Ramos Hernandez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del juez de primera instancia
- Rechazar por extemporánea y por falta de legitimación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de aclaración de la Sentencia T-149/17, formulada por la Jefe de la Oficina Jurídica del municipio de Turbaco.
La Corte no sólo verificó el incumplimiento de los requisitos de procedencia de las solicitudes de aclaración de los fallos de las Salas de Revisión, sino la falta de legitimidad en la causa por activa de quien la presentó.
Se DENIEGA la aclaración pedida y se dispone enviar el escrito al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Turbaco, para que lo integre al expediente de tutela y, de ser necesario, adopte las decisiones a que hubiere lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. NO ACCEDER a la solicitud de aclaracion de la sentencia T-149 de 2017, por las consideraciones expuestas en esta providencia.
- Segundo. REMITIR la solicitud sub examine al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Turbaco para que la integre al expediente de tutela y, de ser necesario, adopte las decisiones a las que hubiere lugar.
- Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR a las partes del proceso de tutela la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.